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Ley Orgánica de Educación. BOE núm. 106, Jueves 4 mayo 2006

Artículo 26. Principios pedagógicos.

5. Asimismo, corresponde a las Administraciones educativas regular soluciones específicas para la atención de aquellos alumnos que manifiesten dificultades especiales de aprendizaje o de integración en la actividad ordinaria de los centros, de los alumnos de alta capacidad intelectual y de los alumnos con discapacidad.
 

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